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Alicia M. Canto

Iruña Veleia y sus "revolucionarios" grafitos VI: En los juzgados

Habiéndose publicado en el DNA de hoy una noticia relevante que afecta a una de las tres denuncias presentadas, en este caso la de Euskal Trenbide Sarea (ETS), y dada la extensión de los comentarios al anterior post de la serie, "Iruña Veleia y sus "revolucionarios" grafitos V: En espera de los j...", parece procedente abrir una nueva sección de la misma.

LA JUEZA NO VE DELITO POR EL 'CASO VELEIA' EN LOS TRABAJOS QUE ELISEO GIL REALIZÓ PARA EUSKOTREN

La magistrada sobresee una de las dos denuncias de la firma por fraude y daños
El auto recuerda que el convenio de patrocinio entre ambas partes se firmó años antes de la aparición de los grafitos

Garikoitz Montañés

VITORIA. Cuando parece que el caso Veleia ya no puede generar más sorpresas, siempre tiene una vuelta de tuerca pendiente. La jueza ha decidido sobreseer una de las dos querellas presentadas por EuskoTren -en concreto, se trata del litigio de Euskal Trenbide Sarea- contra los responsables de Lurmen, la empresa encabezada por Eliseo Gil e Idoia Filloy y responsable de los otrora revolucionarios hallazgos del yacimiento romano, por presunto fraude y daños en recinto arqueológico. La titular del Juzgado de Instrucción nº 1 de Vitoria entiende que "no aparece suficientemente justificada la perpetración de una infracción penal". Contra esta decisión aún cabe recurso.

El arqueólogo Eliseo Gil, ex director del yacimiento de Veleia. Foto: M. Ruiz

Las expectativas generadas por los hallazgos de Iruña Veleia, basados en unos grafitos con inscripciones en euskera, latín y de temática cristiana llamados a cambiar la Historia, saltaron por los aires el 19 de noviembre de 2008: una comisión de expertos activada por el Departamento foral de Cultura concluyó que las inscripciones eran falsas. Ese anuncio conllevó la decisión del Ejecutivo foral de retirar los permisos de excavación a Gil, que siempre ha negado las acusaciones, y de cerrarle las puertas del yacimiento. Pero el asunto no quedó ahí, ya que también comenzó una batalla legal en los tribunales.

La Diputación anunció, ya en marzo de 2009, que presentaba una querella con doble vertiente para tres personas vinculadas a Lurmen: por un lado, cargó contra Eliseo Gil y el geólogo Óscar Escribano por un presunto delito de atentado contra el patrimonio cultural y, por otro, contra el físico nuclear Rubén Cerdán y el propio Gil por estafa. El asunto fue más allá, puesto que la empresa pública que financió los trabajos de Lurmen, EuskoTren, también presentó sendas demandas -la firma en su día dividió el patrocinio entre la propia EuskoTren y Euskal Trenbide Sarea (ETS)-, en este caso contra el ex director y la ex codirectora de Veleia, Gil y Filloy.

El panorama, así, se complicó de tal forma en los tribunales que, por momentos, hasta tres juzgados diferentes manejaron información en torno al caso Veleia. Desde la Diputación y EuskoTren, de hecho, se barajaba la posibilidad de aunar sus querellas. Gil, por su parte, también respondió presentando una denuncia contra la Diputación y la UPV que, sin embargo, fue archivada. La situación ahora se repite, pero a la inversa.

La titular del Juzgado de Instrucción nº 1 de Vitoria ha sobreseído las acusaciones de ETS. En el auto, al que ha tenido acceso este rotativo, la magistrada se centra sobre todo en las acusaciones de estafa. La jueza destaca, como ya sostuvo la Fiscalía, que el acuerdo entre el querellante y Lurmen es cuatro años anterior a la aparición de los hallazgos excepcionales y que, por tanto, los arqueólogos no tenían el propósito de engañar a la empresa.

EuskoTren y Lurmen suscribieron su acuerdo, en concreto, el 27 de abril de 2001, mediante el que la firma pública se comprometía a financiar la excavación en Veleia entre 2001 y 2010 a cambio de casi 620.000 euros. En 2004, nace Euskal Trenbide Sarea que, dos años más tarde, se reparte el presupuesto con ET. La compañía abonó, entre 2006 y 2008, unos 648.000 euros para este fin. Sin embargo, la magistrada considera que "la aportación patrimonial del querellante no obedece a la aparición de los grafitos" y, además, "tampoco se alega que la aportación se hiciera por la promesa de encontrarlos".

En definitiva, la jueza entiende que el mecenazgo financió un trabajo arqueológico que, de hecho, se ha realizado, "por lo que en origen no existió engaño alguno". Además, por los hallazgos de las piezas "no consta, ni se denuncia, que el querellante hubiera incrementado su aportación patrimonial".

OTROS DELITOS, OTRAS VÍAS

La magistrada, finalmente, también hace referencia tanto al perjuicio a su imagen que, según ETS, ha supuesto el escándalo de Veleia como al presunto daño causado al yacimiento arqueológico. Por un lado, entiende que para el daño al honor bastaba con acudir a la vía civil y mercantil y, por otro, que si se produjo un delito contra el patrimonio arqueológico, ETS debería presentarse "como acusación popular, presentando fianza, y no como perjudicado".

Llama atención, además, la celeridad con que el juzgado ha solventado esta querella, puesto que se anunció en mayo y el auto fue dictado, pese a las vacaciones, el pasado 17 de agosto. Este sobreseimiento provisional, contra el que cabe recurso, marca un precedente que podría motivar que, en próximas fechas, la denuncia pendiente de EuskoTren siga el mismo camino. Un nuevo enredo para un caso que no termina de aclararse.

LA POSICIÓN DE LA FISCALÍA AL PEDIR EL ARCHIVO DE LA CAUSA, CLAVE EN LA DECISIÓN JUDICIAL

El auto de la magistrada hace referencia en cuatro ocasiones a los argumentos anunciados por el fiscal

G. Montañés

VITORIA. El posicionamiento de la Fiscalía Provincial de Álava en el caso Veleia ha sido clave en la decisión judicial. El auto hace referencia en al menos cuatro ocasiones al razonamiento que llevó al fiscal a pedir el archivo de una de las denuncias de EuskoTren por las mismas razones que ahora esgrime la jueza: el convenio entre la firma pública y la empresa Lurmen, con Eliseo Gil al frente, se firmó cuatro años antes del inicio de los hallazgos y estos no motivaron un aumento del presupuesto de mecenazgo.

La posición de la Fiscalía, en cualquier caso, resultó sorprendente sólo hasta cierto punto. Y es que, en un primer momento, la Diputación alavesa simplemente trasladó la información del caso Veleia al fiscal jefe, Josu Izaguirre, para que estudiara el caso, pero la primera reacción de Izaguirre, el 5 de diciembre de 2008, fue solicitar más documentación. Ya en marzo, después de que Izaguirre mostrara sus dudas sobre la metodología seguida por el Ejecutivo foral en este caso, el Gobierno dio un paso más y presentó formalmente una querella contra tres personas vinculadas a Lurmen: Eliseo Gil, Óscar Escribano y Rubén Cerdán.

A Gil, de hecho, se le acumularon las causas en los tribunales, puesto que a la denuncia de la Diputación se sumaron las dos de EuskoTren, también por fraude y daños al patrimonio. Sin embargo, en julio, la Fiscalía solicitó el archivo de una de las querellas, la de ET. Fuentes del proceso incluso apuntaron que no se había repetido la fórmula con la otra causa de ETS porque el Ministerio Público no había recibido notificación de la misma.
.................................

Al día siguiente, en El País:

LA JUEZ ARCHIVA LA QUERELLA DE UN PATROCINADOR POR EL FRAUDE DE IRU...

El País - Vitoria - 06/09/2009

El Juzgado de Instrucción número 1 de Vitoria ha sobreseído una querella contra el arqueólogo Eliseo Gil e Idoia Filloy, directivos de la empresa Lurmen y responsables del yacimiento romano de Iruña-Veleia cuyos hallazgos resultaron falsos, presentada por la sociedad pública Euskal Trenbide Sarea (ETS), que patrocinó junto a EuskoTren las excavaciones. La juez entiende que "no aparece suficientemente justificada" la existencia de una infracción penal, puesto que el acuerdo de mecenazgo se firmó cuatro años antes de la aparición de las inscripciones en euskera y dibujos de temática cristiana calificadas por Gil de "excepcionales" en junio de 2006. El fallo es recurrible.

La sentencia argumenta que los arqueólogos no tenían el propósito de engañar a la empresa al presentar los hallazgos, debido a que la aportación no estaba condicionada a su aparición, según adelantó Noticias de Álava. La justicia aún debe pronunciarse sobre la querella de EuskoTren por el mismo motivo (ambas compañías compartían desde 2004 el patrocinio), y la presentada posteriormente por la Diputación de Álava.

Sobre el perjuicio de imagen invocado por ETS por el fiasco, la sentencia, siguiendo la opinión del fiscal, resuelve que para exigir reparaciones bastaba con acudir a la vía civil y mercantil. Añade que, de existir un delito contra el patrimonio arqueológico, la empresa debería acudir como acusación popular y no como perjudicada.

..................................

P.D.- Permítaseme una apostilla. Con los datos expuestos, para un lector común, no experto en leyes, y no habiendo podido leer la totalidad de los argumentos, este auto de sobreseimiento sentaría un curioso principio: En cualquier acuerdo que se firme, por ejemplo a diez años, una de las partes puede engañar a la otra sin consecuencias ni responsabilidad penal, siempre que el propósito de engañar no fuera inicial sino sobrevenido, en el transcurso de la ejecución plurianual del convenio. Dicho así no sé si será legal -me imagino que sí, pues lo sostienen un fiscal y una magistrada- pero al menos muy lógico no suena.

Traslademos el caso a otro ámbito: Un organismo público adjudica a una empresa particular la ejecución de un plan de viviendas a diez años. Si a los cinco años la empresa, o alguien, comienza a sustituir algunos ladrillos aquí y allá por bloques de cartón-piedra, como los primeros cinco años se hicieron las casas perfectamente, cuando nadie tenía intención de engañar, pues lo que ocurra después no es importante, no pasa nada, aunque un edificio empiece a agrietarse, o se venga abajo. No tiene lógica que algo así no conlleve cierta responsabilidad penal sólo por haberse producido con posterioridad a la adjudicación. El incremento patrimonial para la empresa, o el enriquecimiento ilegítimo, se darían a partir del momento en que los materiales usados y la obra prometida -en definitiva el resultado final- no tuvieran ya el valor estipulado al principio, por el que el organismo pagaría a la constructora lo mismo cada año.

Y todo ello además sin entrar antes que nada a establecer si los ladrillos son auténticos o de cartón-piedra, ni si el cambiazo lo hizo la empresa, sólo alguien de ella, algún avispado obrero, o quién... Porque, ¿qué impide a un juez, si considera que no está bastante justificada, completar por sí mismo la "justificación de la perpetración de una infracción penal"? A veces el ciudadano de a pie no consigue entender los razonamientos de la Justicia.

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Alicia M. Canto Comentario por Alicia M. Canto el noviembre 2, 2009 a las 9:02am
Por ahora en prensa hoy sólo una alusión lateral, en El País:

El último mono
Luisa Etxenike 02/11/2009

Estupenda la noticia del reciente hallazgo, en la cueva Astigarraga de Deba, de unos restos prehistóricos de gran valor… Y la noticia resulta especialmente valiosa porque contribuye a represtigiar el paisaje arqueológico vasco al que el affaire Iruña-Veleia había dejado un tanto magullado. En la misma línea…

En el portal de Veleia, en efecto una novedad, datada del 31/10, donde, además de suministrarse otro neologismo veleyense ("ostracones"), parece responderse a una petición de concreción que hicimos aquí hace poco:

Informe de Koenraad Van Den Driessche

"EL PROBLEMA DE LA FALSEDAD/AUTENTICIDAD DE LOS OSTRACONES DE IRUÑA-VELEIA: EVIDENCIAS FÍSICAS".

Este estudio analiza detalladamente las evidencias físicas visibles en las superficies de las piezas con grafito de Iruña-Veleia y que constituyen un claro indicio de su antigüedad. Así, la presencia de distintos tipos de adherencias, que en algunos casos llegan a ser costras carbonatadas, restos de hollín, huellas de raíces, etc. También se recogen piezas posiblemente grabadas de forma previa a su cocción. Por otro lado se realiza una propuesta analítica concreta, con la que se podrían confirmar todas las conclusiones preliminares obtenidas tras el estudio del material fotográfico disponible.

El estudio ha sido realizado por el Dr. en Geología Koenraad Van den Driessche.
Puede consultarse en
http://www.box.net/shared/static/sr33gl39hp.pdf

...............

Para quien tenga tiempo de leerlo, 77 páginas en las que conocemos ya casi todos los argumentos, resulta más nuevo el final, desde la pág. 67, donde destacaré la frase: "En realidad, como las evidencias físicas no han sido investigadas..."

Resulta bastante surrealista leer esto para quien recuerda el rosario de pruebas físico-químicas, hechas en los mejores laboratorios del mundo, que en junio y noviembre de 2006 se alegaron por el Equipo Veleia como pruebas irrefutables de autenticidad y datación, véanse las noticias y comunicados en los

"Iruña-Veleia I": "Los laboratorios de Toulouse y Groningen certifican la validez y la cronología de la pieza. La ostraka ha sido sometida a la prueba del carbono 14 en Francia y en Holanda..." e

"Iruña-Veleia II": "La datación que nos proporcionan las evidencias arqueológicas y que nos permite datar los estratos, se ha visto confirmada con las correspondientes analíticas de C14 (llevadas a cabo en los laboratorios de Geochron en Cambridge, Massachussets- USA y en el Centre for Isotope Research de la Universidad de Gröningen en Holanda)... Del mismo modo, la termoluminiscencia (laboratorios de la Universidad de Cracovia en Polonia) data el momento de cocción de las cerámicas, ladrillos, etc. o de su última exposición al fuego... Pocos materiales arqueológicos han sido sometidos a un grado de inspección y certificación como el que se ha llevado a cabo sobre los grafitos de Veleia. La analítica principal se ha realizado en los laboratorios de espectroscopia nuclear del CEA-CNRS (Francia), con analíticas de contraste en los laboratorios Adirondack del Centro tecnológico de Zamudio..."

Después de eso, venir a quejarse de que "las evidencias físicas no han sido investigadas", y afirmar que "El estudio de las evidencias físicas es absolutamente necesario para comprobar los resultados del análisis del contenido de los grafitos..." (pág. 71) resulta por demás paradójico, por no decir que directamente absurdo. El Dr. Van den Driessche parece que no ha leído bien aquella frase de Gil, ya en 2006: "Pocos materiales arqueológicos han sido sometidos a un grado de inspección y certificación como el que se ha llevado a cabo sobre los grafitos de Veleia..."
Alicia M. Canto Comentario por Alicia M. Canto el noviembre 2, 2009 a las 9:10am
Conste que, hablando de ostraka para analizar por enésima vez, no es premeditado, es que se me pasó ;-)

Tira de Zaldieroa en el Berria de ayer, con nuevos grafitos (gracias, Ricardo Gómez):

Sagastiberri Comentario por Sagastiberri el noviembre 2, 2009 a las 9:39am
Contestando a Servan , a su pregunta del 30 de octubre, diré que las inscripciones o decoraciones hechas sobre pasta blanda son completamente diferentes de las que se hacen sobre la cerámica ya cocida, y se distinguen a simple vista. Los bordes de las incisiones que deja el instrumento sobre pasta blanda tienen un abultamiento hacia el exterior fácilmente reconocible.
Lo que parece claro es que lo sellos de las sigillatas se hacían cuando la pasta estaba blanda (o en el mismo molde) y se cocían posteriormente. Lo mismo sucede con algunos tipos de decoración que aparecen en las cerámicas de todas las épocas prehistóricas e históricas.
Esto, que podría ser un argumento de autenticidad sobre las cerámicas que pudieran tener inscripciones precocción no es un argumento indiscutible. En algunos estudios sobre procesos posdeposicionales en cerámica y en cerámicas que he excavado yo mismo, he encontrado fenómenos de neoformación de arcillas (que se han reproducido mediante hidrólisis en laboratorio, ver trabajos de CAPel et alii). es decir, hay cerámicas que han perdido por ejemplo el engobe y se han convertido en una masa blanda, sobre la que es posible realizar una inscripción muy similar o idéntica a la que hubiera podido realizarse hace 1.700 años. Si hay verdadera intención de falsificar y engañar, incluso se puede llegar a volver a cocer esa cerámica, aunque la verdad es que me parece demasiado trabajo de falsificación.
En cuanto a la formación de concreciones de carbonato cálcico o de tierra mezclada con partículas de carbonato cálcico sobre las que tanto insiste Koenrad, tampoco me parece que sean un argumento válido para saber cuánto tiempo ha estado enterrada esa cerámica. Todos conocemos ejemplos de costras de carbonato cálcico, incluso estalactitas, en puentes o túneles que no tienen más de 80 años de existencia, por lo que el fenómeno de formación de concrecciones "calcareo-terrosas", aunque no sea lo más habitual, puede ser relativamente reciente.
Koenraad Van den Driessche Comentario por Koenraad Van den Driessche el noviembre 2, 2009 a las 10:09am
Esta claro que Lurmen a nivel de comunicación sobre las pruebas físicas ha sido muy turbio. Mezclar pruebas que se han hecho (la dataciones por C14 Geochron y Groningen, con los que iban hacer - termoluminescencia en Cracovia para las cuales la DFA no dio su permiso). Yo no estoy -evidentemente - de acuerdo con esta falsa seguridad que se ha intentado dar (como ya he comentado en el caso de Cerdán).

Por otro lado las evidencias físicas que se puede investigar están allí. Existen evidencias físicas que pueden ser un test para ver si se trata de inscripciones muy recientes o no. Me sorprende muchísimo el hecho que los detractores de la autenticidad intentan a negarlas o hasta confirmar la imposibilidad de poder analizarlos y de sacar allí información sobre la autenticidad, o que intentan simplemente enturbiar el tema de las evidencias físicas.

Observo también que en el momento que se han aportado argumentos relevantes para rebatir las posiciones absolutas de la comisión, es necesario desviar el debate hacia temas 'inmobiliarios' y estafa (en el primer caso hablamos de millones en el segundo de un par de miles de euros). La coetanidad de los dos temas no es mera casualidad.

Para los que están perdiendo los hilos: científicamente y jurídicamente la pregunta principal es si las inscripciones son falsas (hechas recientemente). Si no son falsas Lurmen difícilmente puede haber cometido un estafa basado en las inscripciones, o todavía más fuerte albergar los autores de la falsificación. La responsabilidad civíl de Lurmen por un estudio presuntamente falso (lo que sabemos esta basado en filtraciones ilegales a la prensa; pero yo no me hago ilusiones) - la estafa de Cerdán - es un tema limitado y no afecta a la pregunta principal.

Desde un principio se ha intentado desacreditar con rumores los hallazgos excepcionales, seguimos evidentemente con lo mismo visto que los intereses siguen siendo lo mismo. A alguien debe molestar terriblemente el contenido. En vez de buscar un método objetivo (será más bien una batería de métodos de las diversas especialidades), y ante la duda - y esta duda esta presente - se prefiere embrollar este debate (o cerrarla como la Diputada - que se autoatribuye la capacidad de abrir y cerrar debates cientificas).

No todo el mundo está tan ciego de creer sin demostración a los 'expertos.
Lo bueno de un experto es que sabe mucho, lo malo es que nunca reconoce sus errores, y de esta manera se puede meter en muchos líos para intentar coste que coste demostrar su razón.
Y nada más.

Detalle de 13368:

Koenraad Van den Driessche Comentario por Koenraad Van den Driessche el noviembre 2, 2009 a las 10:16am
Sagastiberri: Todos conocemos ejemplos de costras de carbonato cálcico, incluso estalactitas, en puentes o túneles que no tienen más de 80 años de existencia, por lo que el fenómeno de formación de concrecciones "calcareo-terrosas", aunque no sea lo más habitual, puede ser relativamente reciente.

La calcificación rápida en zona karisticas tienen como efectos que se forma una gran concreción - el suelo se convierte en concreción. El hecho que el suelo de Iruña Veleia es suelto demuestra que la formación se hace lentamente. Más bien una pieza romana que sale del suelo solo tiene un capa de concreción de uno a unos milimetros, lo que indica inequivocamente la velocidad de crecimientos de dichas concreciones. Además prof. Lacarra nos 'demuestra' la imposibilidad de ser del principio del SXX, sino del siglo XXI.
Alicia M. Canto Comentario por Alicia M. Canto el noviembre 2, 2009 a las 10:54am
Koenraad: No tengo ya tiempo para esto, porque además en el tema de las concreciones "todo el pescado está vendido", de tantas veces como hemos visto que se escribe sobre ellas, o se las evita, como se ve perfectamente en la zona superior de la 13368_2, encima del detalle que ha puesto Ud. (donde, por cierto, confunde las concreciones con la simple tierra).

Ya sé que a Ud. no le afectan las minucias profesionales de los epigrafistas, pero a la vuelta de ese fragmento está la 13368_1:

o sea, la de IIISVS IOSHE ATA/ TA MIRIAN AMA, famosísima por ser una de las 7 elegidas que se presentaron y explicaron por los filólogos como euskéricas el 15 de junio de 2006. Y esta cara, aparte de no tener apenas concreciones, ni nada en los surcos, presenta parte del epígrafe ya sobre la pérdida del engobe (aunque a Ud. le dé lo mismo, para un profesional eso es significativo), más una coma como un castillo, además de tres M sucesivas distintas e inverosímiles.

Hay que ver los totales de las piezas, y sus dos caras, pues lo malo que le pasa a una arrastra normalmente a la otra. Y en la 13368, las dos caras tienen problemas serios, arqueológicos y epigráficos. Aunque Ud. no se los vea. Cosa natural, por otro lado, pues es Ud. geólogo.
María /*\ Comentario por María /*\ el noviembre 2, 2009 a las 10:57am
Koenraad:
" No todo el mundo está tan ciego de creer sin demostración a los 'expertos.
Lo bueno de un experto es que sabe mucho, lo malo es que nunca reconoce sus errores, y de esta manera se puede meter en muchos líos para intentar coste que coste demostrar su razón.
Y nada más."


No es por nada,Koenraad,pero creo que eso se lo podría aplicar en primer lugar,el equipo A.¿que es eso de "creer a los expertos sin demostración"? que más demostración quiere que tantas que se han hecho aquí y allí y a las que siguen haciendo oidos sordos?

por lo demás,no recuerdo la frase concreta de Gorrotxatgui ,pero creo que era algo así como "puede que está equivocado ;si es así,ya vendrá gente que sepa más a corregir lo que digo"

¿porqé se empeñan ustedes en mezclar el debate científico propiamente dicho con las decisiones políticas ?eso sí que es liar las cosas.Cosa que probáblemente también haya hecho la diputación con la manera de plantear el asunto penal,pero ahí no entro porque no entiendo de ello.
Pero deberían de dejar en paz a los que hicieron lo que se pedía de ellos:analizar los hallazgos y decir lo que veían desde sus disciplinas correspondientes.

¿que se hace cuando un arqueólogo que excava un yacimiento hace oidos sordos a muchos expertos que le dicen en privado que hay algo que no está bién ? pues probáblemente alejarle del yacimiento,al menos de forma provisional,por si las moscas.¿Hay varias formas de hacerlo y se ha elegido la peor o simplemente se ha elegido la única posible dentro de la legislación, teniendo en cuenta las clausulas del contrato de explotación firmado etc? pues no sé.
por lo demás,lo siento pero aquí la víctima no es E.Gil sino los compañeros que confiaron en él y a los que puso en la situación de testificar en un juzgado ,algo que gusta a muy poca gente.
Percha Comentario por Percha el noviembre 2, 2009 a las 11:27am
El problema de los análisis, al que ahora se le quiere quitar importancia, es que se usaron para reforzar la cronología propuesta por Gil. Esto se hizo en el momento en que comenzaron a manifestarse, fuera de la Red, las primeras voces que pedían cautela, o ponían en cuestión, los grafitos.

La situación con el comunicado quedaba, o pretendían que quedara, de la siguiente manera:

1. Gil, un profesional con prestigio en su trabajo, decía que “Los hallazgos de los que estamos hablando, son un material arqueológico más, convenientemente documentado durante el proceso de excavación en el registro estratigráfico de un yacimiento” y “Son materiales de época romana, que aparecen junto a miles de evidencias de su misma cronología, localizados en estratos de época romana, ubicados bajo otros niveles de época romana que los sellan.”


2. Dichos hallazgos, además de por la estratigrafía y demás documentación, estarían refrendados por los análisis especializados (CNRS, termoluminiscencia y C14). Estos combinados con lo anterior los haría difícilmente refutables.

Con ello se ponía a los críticos en la difícil tesitura de que, si continuaban con su postura, iban contra la ciencia moderna y contra el trabajo de un competente investigador. Muy duro.

Pero que ocurre, cuando se pone en cuestión la capacidad Cerdán (titulación) para coordinar dichas analíticas, cuando se conocen las diversas manipulaciones de los informes de este, y la no realización de los análisis, el castillo se les cae. Por ello volvemos a la posición inicial. Tienen que demostrar que son materiales “convenientemente documentados durante el proceso de excavación en el registro estratigráfico”. Con el añadido de que también tendrían que demostrar que los grafitos estaban allí entonces. Y en esas estamos.

Pero además tienen un problema muy importante, al descubrirse esa serie importante “inexactitudes” su credibilidad está muy deteriorada (egiptóloga, Cerdán, CNRS, Cracovia, Bañares…). Por ello creo que el nivel de exigencia ha de aumentar.

Koenraad, no han mezclado pruebas hechas (C14, que espero ver) con otras que se iban a hacer, es que dicen que se han hecho “Del mismo modo, la termoluminiscencia (laboratorios de la Universidad de Cracovia en Polonia) data el momento de cocción de las cerámicas, ladrillos, etc. o de su última exposición al fuego (por ejemplo si hubo un fuerte incendio). Se trata de pruebas destructivas, por lo que –obviamente- no se han aplicado sobre las evidencias con grafito.” No creo que Gil y Cía tengan ese nivel de confusión para escribir en castellano.
Servan Comentario por Servan el noviembre 2, 2009 a las 12:25pm
Sagastiberri: Gracias por su respuesta. Parece que la idea del grafitado previo se le ocurrió a un forero, y se mantiene increíblemente, hasta hoy. Podría darnos su opinión respecto a dichas piezas.
Koen: Si usted habla ahora de 'la estafa de Cerdán' , si usted piensa que Cerdán NO es doctor en Física nuclear ni en Química, y que además es un estafador, en ese caso supuesto (por usted, si le he entendido correctamente), evidentemente que va, muy directamente, al meollo de la cuestión de si hay o no estafa en los grafitos de Veleia.
Karistiarra Comentario por Karistiarra el noviembre 2, 2009 a las 10:40pm
Percha: curioso el mensaje con definiciones de la Real Academia donde se acaba concluyendo lo contrario a dichas definiciones. Voy a copiar, ¿vale?

RAE
Datar.
1. tr. Poner la data.
2. tr. Determinar la data de un documento, obra de arte, suceso, etc.

Data:
1. f. Nota o indicación del lugar y tiempo en que se hace o sucede algo y especialmente la que se pone al principio o al fin de una carta o de cualquier otro documento.
2. f. Tiempo en que ocurre o se hace algo.

Bien. También va para el señor Montero, como no. Si encontramos un pieza inscrita fuera del contexto estratigráfico y le aplicamos el estudio de continuidad de pátina, ¿qué COÑO determinamos? NADA. Logramos una indicación del "lugar y tiempo" en el que se realizó la inscripción? NO. ¿Sabemos cuándo se hizo? NO. Conclusión: el análisis de la continuidad de pátina NO DATA.
Si encontramos esta pieza en un estrato, ¿cuál es la diferencia? Pues que el estrato nos señala la época. Data la pieza. La continuidad de pátina (si existe), lo que hace es confirmar la antigüedad que señala el estrato. Punto. Fuera del registro estratigráfico no hay pátina que valga, y el equipo de Veleia NUNCA ha dicho lo contrario. Más claro, agua.

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