Iruña Veleia y sus "revolucionarios" grafitos VI: En los juzgados

Habiéndose publicado en el DNA de hoy una noticia relevante que afecta a una de las tres denuncias presentadas, en este caso la de Euskal Trenbide Sarea (ETS), y dada la extensión de los comentarios al anterior post de la serie, "Iruña Veleia y sus "revolucionarios" grafitos V: En espera de los j...", parece procedente abrir una nueva sección de la misma.

LA JUEZA NO VE DELITO POR EL 'CASO VELEIA' EN LOS TRABAJOS QUE ELISEO GIL REALIZÓ PARA EUSKOTREN

La magistrada sobresee una de las dos denuncias de la firma por fraude y daños
El auto recuerda que el convenio de patrocinio entre ambas partes se firmó años antes de la aparición de los grafitos

Garikoitz Montañés

VITORIA. Cuando parece que el caso Veleia ya no puede generar más sorpresas, siempre tiene una vuelta de tuerca pendiente. La jueza ha decidido sobreseer una de las dos querellas presentadas por EuskoTren -en concreto, se trata del litigio de Euskal Trenbide Sarea- contra los responsables de Lurmen, la empresa encabezada por Eliseo Gil e Idoia Filloy y responsable de los otrora revolucionarios hallazgos del yacimiento romano, por presunto fraude y daños en recinto arqueológico. La titular del Juzgado de Instrucción nº 1 de Vitoria entiende que "no aparece suficientemente justificada la perpetración de una infracción penal". Contra esta decisión aún cabe recurso.

El arqueólogo Eliseo Gil, ex director del yacimiento de Veleia. Foto: M. Ruiz

Las expectativas generadas por los hallazgos de Iruña Veleia, basados en unos grafitos con inscripciones en euskera, latín y de temática cristiana llamados a cambiar la Historia, saltaron por los aires el 19 de noviembre de 2008: una comisión de expertos activada por el Departamento foral de Cultura concluyó que las inscripciones eran falsas. Ese anuncio conllevó la decisión del Ejecutivo foral de retirar los permisos de excavación a Gil, que siempre ha negado las acusaciones, y de cerrarle las puertas del yacimiento. Pero el asunto no quedó ahí, ya que también comenzó una batalla legal en los tribunales.

La Diputación anunció, ya en marzo de 2009, que presentaba una querella con doble vertiente para tres personas vinculadas a Lurmen: por un lado, cargó contra Eliseo Gil y el geólogo Óscar Escribano por un presunto delito de atentado contra el patrimonio cultural y, por otro, contra el físico nuclear Rubén Cerdán y el propio Gil por estafa. El asunto fue más allá, puesto que la empresa pública que financió los trabajos de Lurmen, EuskoTren, también presentó sendas demandas -la firma en su día dividió el patrocinio entre la propia EuskoTren y Euskal Trenbide Sarea (ETS)-, en este caso contra el ex director y la ex codirectora de Veleia, Gil y Filloy.

El panorama, así, se complicó de tal forma en los tribunales que, por momentos, hasta tres juzgados diferentes manejaron información en torno al caso Veleia. Desde la Diputación y EuskoTren, de hecho, se barajaba la posibilidad de aunar sus querellas. Gil, por su parte, también respondió presentando una denuncia contra la Diputación y la UPV que, sin embargo, fue archivada. La situación ahora se repite, pero a la inversa.

La titular del Juzgado de Instrucción nº 1 de Vitoria ha sobreseído las acusaciones de ETS. En el auto, al que ha tenido acceso este rotativo, la magistrada se centra sobre todo en las acusaciones de estafa. La jueza destaca, como ya sostuvo la Fiscalía, que el acuerdo entre el querellante y Lurmen es cuatro años anterior a la aparición de los hallazgos excepcionales y que, por tanto, los arqueólogos no tenían el propósito de engañar a la empresa.

EuskoTren y Lurmen suscribieron su acuerdo, en concreto, el 27 de abril de 2001, mediante el que la firma pública se comprometía a financiar la excavación en Veleia entre 2001 y 2010 a cambio de casi 620.000 euros. En 2004, nace Euskal Trenbide Sarea que, dos años más tarde, se reparte el presupuesto con ET. La compañía abonó, entre 2006 y 2008, unos 648.000 euros para este fin. Sin embargo, la magistrada considera que "la aportación patrimonial del querellante no obedece a la aparición de los grafitos" y, además, "tampoco se alega que la aportación se hiciera por la promesa de encontrarlos".

En definitiva, la jueza entiende que el mecenazgo financió un trabajo arqueológico que, de hecho, se ha realizado, "por lo que en origen no existió engaño alguno". Además, por los hallazgos de las piezas "no consta, ni se denuncia, que el querellante hubiera incrementado su aportación patrimonial".

OTROS DELITOS, OTRAS VÍAS

La magistrada, finalmente, también hace referencia tanto al perjuicio a su imagen que, según ETS, ha supuesto el escándalo de Veleia como al presunto daño causado al yacimiento arqueológico. Por un lado, entiende que para el daño al honor bastaba con acudir a la vía civil y mercantil y, por otro, que si se produjo un delito contra el patrimonio arqueológico, ETS debería presentarse "como acusación popular, presentando fianza, y no como perjudicado".

Llama atención, además, la celeridad con que el juzgado ha solventado esta querella, puesto que se anunció en mayo y el auto fue dictado, pese a las vacaciones, el pasado 17 de agosto. Este sobreseimiento provisional, contra el que cabe recurso, marca un precedente que podría motivar que, en próximas fechas, la denuncia pendiente de EuskoTren siga el mismo camino. Un nuevo enredo para un caso que no termina de aclararse.

LA POSICIÓN DE LA FISCALÍA AL PEDIR EL ARCHIVO DE LA CAUSA, CLAVE EN LA DECISIÓN JUDICIAL

El auto de la magistrada hace referencia en cuatro ocasiones a los argumentos anunciados por el fiscal

G. Montañés

VITORIA. El posicionamiento de la Fiscalía Provincial de Álava en el caso Veleia ha sido clave en la decisión judicial. El auto hace referencia en al menos cuatro ocasiones al razonamiento que llevó al fiscal a pedir el archivo de una de las denuncias de EuskoTren por las mismas razones que ahora esgrime la jueza: el convenio entre la firma pública y la empresa Lurmen, con Eliseo Gil al frente, se firmó cuatro años antes del inicio de los hallazgos y estos no motivaron un aumento del presupuesto de mecenazgo.

La posición de la Fiscalía, en cualquier caso, resultó sorprendente sólo hasta cierto punto. Y es que, en un primer momento, la Diputación alavesa simplemente trasladó la información del caso Veleia al fiscal jefe, Josu Izaguirre, para que estudiara el caso, pero la primera reacción de Izaguirre, el 5 de diciembre de 2008, fue solicitar más documentación. Ya en marzo, después de que Izaguirre mostrara sus dudas sobre la metodología seguida por el Ejecutivo foral en este caso, el Gobierno dio un paso más y presentó formalmente una querella contra tres personas vinculadas a Lurmen: Eliseo Gil, Óscar Escribano y Rubén Cerdán.

A Gil, de hecho, se le acumularon las causas en los tribunales, puesto que a la denuncia de la Diputación se sumaron las dos de EuskoTren, también por fraude y daños al patrimonio. Sin embargo, en julio, la Fiscalía solicitó el archivo de una de las querellas, la de ET. Fuentes del proceso incluso apuntaron que no se había repetido la fórmula con la otra causa de ETS porque el Ministerio Público no había recibido notificación de la misma.
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Al día siguiente, en El País:

LA JUEZ ARCHIVA LA QUERELLA DE UN PATROCINADOR POR EL FRAUDE DE IRU...

El País - Vitoria - 06/09/2009

El Juzgado de Instrucción número 1 de Vitoria ha sobreseído una querella contra el arqueólogo Eliseo Gil e Idoia Filloy, directivos de la empresa Lurmen y responsables del yacimiento romano de Iruña-Veleia cuyos hallazgos resultaron falsos, presentada por la sociedad pública Euskal Trenbide Sarea (ETS), que patrocinó junto a EuskoTren las excavaciones. La juez entiende que "no aparece suficientemente justificada" la existencia de una infracción penal, puesto que el acuerdo de mecenazgo se firmó cuatro años antes de la aparición de las inscripciones en euskera y dibujos de temática cristiana calificadas por Gil de "excepcionales" en junio de 2006. El fallo es recurrible.

La sentencia argumenta que los arqueólogos no tenían el propósito de engañar a la empresa al presentar los hallazgos, debido a que la aportación no estaba condicionada a su aparición, según adelantó Noticias de Álava. La justicia aún debe pronunciarse sobre la querella de EuskoTren por el mismo motivo (ambas compañías compartían desde 2004 el patrocinio), y la presentada posteriormente por la Diputación de Álava.

Sobre el perjuicio de imagen invocado por ETS por el fiasco, la sentencia, siguiendo la opinión del fiscal, resuelve que para exigir reparaciones bastaba con acudir a la vía civil y mercantil. Añade que, de existir un delito contra el patrimonio arqueológico, la empresa debería acudir como acusación popular y no como perjudicada.

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P.D.- Permítaseme una apostilla. Con los datos expuestos, para un lector común, no experto en leyes, y no habiendo podido leer la totalidad de los argumentos, este auto de sobreseimiento sentaría un curioso principio: En cualquier acuerdo que se firme, por ejemplo a diez años, una de las partes puede engañar a la otra sin consecuencias ni responsabilidad penal, siempre que el propósito de engañar no fuera inicial sino sobrevenido, en el transcurso de la ejecución plurianual del convenio. Dicho así no sé si será legal -me imagino que sí, pues lo sostienen un fiscal y una magistrada- pero al menos muy lógico no suena.

Traslademos el caso a otro ámbito: Un organismo público adjudica a una empresa particular la ejecución de un plan de viviendas a diez años. Si a los cinco años la empresa, o alguien, comienza a sustituir algunos ladrillos aquí y allá por bloques de cartón-piedra, como los primeros cinco años se hicieron las casas perfectamente, cuando nadie tenía intención de engañar, pues lo que ocurra después no es importante, no pasa nada, aunque un edificio empiece a agrietarse, o se venga abajo. No tiene lógica que algo así no conlleve cierta responsabilidad penal sólo por haberse producido con posterioridad a la adjudicación. El incremento patrimonial para la empresa, o el enriquecimiento ilegítimo, se darían a partir del momento en que los materiales usados y la obra prometida -en definitiva el resultado final- no tuvieran ya el valor estipulado al principio, por el que el organismo pagaría a la constructora lo mismo cada año.

Y todo ello además sin entrar antes que nada a establecer si los ladrillos son auténticos o de cartón-piedra, ni si el cambiazo lo hizo la empresa, sólo alguien de ella, algún avispado obrero, o quién... Porque, ¿qué impide a un juez, si considera que no está bastante justificada, completar por sí mismo la "justificación de la perpetración de una infracción penal"? A veces el ciudadano de a pie no consigue entender los razonamientos de la Justicia.

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Comentario por Carmen L. el octubre 1, 2009 a las 5:16pm
La ciencia de la etimología creativa hibérnica es esa que aclara que muchos de los nombres que aparecen en la tradición literaria irlandesa NO se explican por las explicaciones que da el escriba -ejemplo: nom. pers. fem. "Deirdre" por un verbo inatestiguado en ningún otro lado que no sea el fragmento poético (señalado .R.) que se enlazaba-, porque lo que hace el escriba es inventar una narración que tiende a explicar un nombre (propio o topónimo), pero SIN los criterios científicos-filológicos actuales, sino con ánimo creativo e incluso humorístico. Aunque "etimología creativa hibérnica" es un nombre ad-hoc, cumple la función de evitar el término "trivial etimology" como le llama R. Baumgarten en un estudio sobre el tema o el de "etimología falsa" como también sería acertado llamarle. Porque, como sugería en mi 3er. artículo sobre Doña Deirdre, el origen-significado del nombre puede ser, tiene muchos indicios para serlo, una creación exprofeso del escriba, sin relación con la realidad "arqueológica", filológica y lingüistica del nombre. (Se me inmiscurre también que el que el poema marcado .R. empiece con la aliteración sobre la d Cia deilm dremun derdrethar...) apunta hacia la "invención" del verbo-elemento narrativo.)
Comentario por Yrg el octubre 1, 2009 a las 7:23pm
"hacer ruido/dar un brinco en el vientre materno"

¿Qué posible correspondencia celta pudo tener el albanés dredha (convulsión) o con el antiguo germánico tearflian (rodar)?¿O tendrá algo que ver con el verbo irlandés medieval dir (saltar)? Por suerte, el escriba no atendió a razones ortodoxas.
Comentario por Karistiarra el octubre 1, 2009 a las 10:05pm
No Ramón, no podría.
Gracias Dra Canto. La verdad es que me sorprendió ver que muchos "imposibles" iconográficos (sirena, pelo suelto, raya en medio, perspectiva...), sí pueden ser o, mejor dicho, son (y no bajo la argumentación de ¿por qué no?, sino con ejemplos de otros lugares del imperio). A esto se había unido el tema de los nombres que, creo yo, sí que merecerían respuesta uno a uno (y no digo que tenga que ser usted, cuidado).
Comentario por Alicia M. Canto el octubre 1, 2009 a las 11:04pm
Salvador y Karistiarra: de nada. La lectura del epígrafe francés de Ambarri/Arbignieu que recoge el EDCS es la más reciente, de F. Bertrandy et al., Inscriptions latines de l'Ain, Chambéry, 2005, en principio más fiable; aunque en inscripciones en mal estado es frecuente que haya diversas variaciones según quien lo lee, su background, etc. Por otro lado, Karistiarra, rebatir la argumentación iconográfica era en principio más sencillo para la Sra. Filloy que la epigráfica-paleográfica-filológica; de esto se estudia muy poco, o nada, en las licenciaturas de Historia, y son raros los arqueólogos de campo que amplían por su cuenta la formación epigráfica, en fuentes literarias, etc., entre otras cosas por el consabido obstáculo del latín, también oficialmente suprimido de los estudios.

Ramón: Es que ésa es una de las claves del tema: el reconocimiento final por E. Gil de que no había "cámara del tiempo", ni eran seguras las fechas anunciadas: "siglo III" en el primer momento, seguido de la insistencia de Gorrochategui, en la siguiente rueda de prensa, de que había que ampliarlo hasta el VI, lo que, tras un paso por un margen en el V, finalmente acaba admitiendo. Pero el hacerlo suponía renunciar a la seguridad en su propio trabajo.

Como comenté cuando se conoció por fin el email de H. Knörr, también su última propuesta de datación de las euskéricas en los siglos IX-X suponía dejar de prestar crédito al método arqueológico seguido. Un punto, el de la profesionalidad de los arqueólogos, que hasta entonces Knörr siempre había defendido. Parece que al final siguió creyendo en la honestidad de Gil, pero bastante menos en sus cronologías.
Comentario por Alicia M. Canto el octubre 2, 2009 a las 12:10am
Sr. Escribano: Me retiraba ya, pero, viendo su comentario, le voy a decir algo que creo que sigue latiendo, como hace más de 3 años, en todo este asunto, y también en la resistencia (que en algunos dura aún hoy) a admitir que no fuera verdad lo que en su día, incluso para expertos como H. Knörr, J. Gorrochategui, o la propia Blanca Urgell, entre otros, se describía como "un sueño":

En principio, en la romana Veleia no tenía por qué aparecer ninguna muestra de vascón (me parece mejor llamarle en propiedad lo que esta lengua era por entonces), porque esta zona de Álava nunca fue vascona, como tampoco el pueblo que la habitaba, por lo que es imposible que estas gentes pudieran tener el vascón (o euskera antiguo, si se prefiere) como lengua materna, cuando encima la población, o al menos las elites -las más dadas a escribir a perpetuidad- estaban romanizadas hacía mucho tiempo.

Una cosa es que en Veleia vivieran algunos habitantes de habla vascona, pues todo el entorno del valle del Ebro vascón era muy mixto y convivencial. Y otra muy distinta que una parte tan importante de los materiales epigráficos de Veleia apareciera en vascón: esto no seria lo lógico y esperable. Es más, sería una gran anomalía de difícil explicación histórica.

Esto es de lo que más me asombró en las primeras noticias: aquellos titulares y afirmaciones (que obviamente tenían que proceder del Equipo Veleia) del tipo "El conjunto epigráfico rebate la tesis de que el núcleo original del euskera se encontraba en Navarra..." (9-6-2006), o "...la aparición de textos escritos 800 años más antiguos de los hallados en San Millán de la Cogolla echa por tierra los parámetros de trabajo de muchos historiadores, que sostenían que los caristios (vascos implantados en Álava) [¡sic!] habían sido romanizados...(9-6-2006), o "Álava se reivindica como cuna del euskera... Álava, a la que algunos se atreven a calificar ya como la cuna del euskera" (19-6-2006". Porque no era natural, ni lo es, que la "cuna del vascón" estuviera fuera de la Vasconia histórica, sino en pleno territorio caristio. ¿Cómo podía ser "la cuna del euskera" una ciudad caristia? En mi opinión, esto era algo contra natura (y así lo dije ya por entonces, 9-6-2006).

Y se haría mal tomando este tipo de afirmaciones como un "ataque al euskera". Ni mucho menos. Creo, o más bien sé, que muchos euskaldunes han terminado comprendiendo que el euskera sólo debe avanzar hacia atrás sobre bases sólidas, y que es peor para su estudio un caso como el de Veleia. Se trata simplemente de definir lo más esperable con arreglo al conocimiento que hasta ahora tenemos de cómo era la antigua Hispania. Y lo que es seguro es que Veleia no era vascona, por lo que el desaguisado no se arregla buscando una explicación por el euskera a una de por sí imposible "Deidre".

Esperando ser bien entendida... gabon.

P.D.- De acuerdo en que en Iberia/Hispania, al menos desde el V a.C., no hubo celtas de verdad, sino derivados y mixtificaciones. Pero negar a los celtíberos es un absurdo, e ignorar demasiadas cosas; no sé qué "expertos" de verdad pueden afirmar lo que Ud. dice.
Comentario por Roslyn M. Frank el octubre 2, 2009 a las 12:18am
Alicia ha dicho:
Como comenté cuando se conoció por fin el email de H. Knörr, también su última propuesta de datación de las euskéricas en los siglos IX-X suponía dejar de prestar crédito al método arqueológico seguido. Un punto, el de la profesionalidad de los arqueólogos, que hasta entonces Knörr siempre había defendido. Parece que al final siguió creyendo en la honestidad de Gil, pero bastante menos en sus cronologías.

Al respecto es muy curiosa la gran discrepancia que vemos entre las opiniones de estos lingüistas vascos. Por un lado tenemos a H. Knörr defendiendo hasta el final la autenticidad de los grafitos aunque no la cronología asignada a ellos por Gil, es decir, al proponerles una datación en los siglos IX-X. Y además él no veía ningún problema con la presencia del artículo. Y por otro lado, tenemos a J. Lakarra alegando que todos son falsos, que tienen que datarse a partir del 2004 y que la presencia del artículo es un claro indicio de que son falsos.

Opiniones bastante encontradas diría yo!

Sin embargo, al parecer la Comisión no se sentía obligada a tener en cuenta lo que había dicho el Director de Investigación de Euskaltzaindia, H. Knörr, antes de su muerte….y cuando todavía fungía de miembro de la Comisión…

Muy curioso, de verdad…

Saludos a todos!
Comentario por Salvador Cuesta el octubre 2, 2009 a las 12:46am
Los motivos iconográficos van más allá del pelo suelto, las sirenas, las patas de la mesilla, eso son bagatelas. Los problemas son más de fondo, solo hay que fijarse. Por ejemplo, en el impresionante e incomprensible grafito de las tres mujeres ardiendo en la pira (¿brujas? HACATE, reina de las brujas, así en Macbeth), ellas están desnudas. Hace tiempo ( y ya ni me acuerdo en que conversación ) se habló del erotismo equívoco de Parmenio, sádico, y por eso moderno. Ellas no son diosas quemadas por odio religioso (idea descabellada por lo demás), por que no hay nada que indique que lo sean más que unos nombres que podrían ser de cualquier esclava. Ellas son solo tres mujeres ardiendo a fuego lento.

Por escabroso que sea, un cuerpo no arde bien porque es casi todo agua: Los romanos no querían ver a una pobre desgraciada quemándose en una lentísima agonía, querían espectáculo, la querían ver en llamas vivas y morir rápido. Eran increíbles estos romanos, crueles hasta lo indecible, pero no sádicos. Actuaban como el público actual en los espectáculos taurinos. Nadie quiere ver al matador pinchando y descabellando cien veces. Estas cosas hay que hacerlas de manera limpia. Por eso vestían a los incendiarios, a los traidores, y luego a los cristianos con la “tunica molesta”: un modelo ad hoc hecho de saco embadurnado de alquitrán, pez o cosa similar, que más los mataba de asfixia que de la combustión del cuerpo.

Parmenio es un sádico y un imbécil. No solo se recrea con una imagen equívoca, sino que piensa que nos lo hemos de tragar.

Los dioses le confundan. En aquella época un tipo así era un peligro social y seguro que una vez pillado se hubieran desecho de él de manera apropiada. No le hubieran hecho ni un ápice más que lo que el deseaba para los dioses, asarlo a fuego lento, sin la molesta túnica.

La Justicia sobre todo.
Comentario por Alicia M. Canto el octubre 2, 2009 a las 2:06am
Roslyn: No sólo no lo tuvieron en cuenta, sino que, curiosamente, en el acta de la sesión de 26 de junio de 2008, ya fallecido él, no se reflejó la opinión real de Knörr y no quedó constancia oficial alguna de ella, aunque el documento fue leído en alto por el Prof. Lakarra. No sólo no se reflejó, sino que en el acta se dio a entender algo bien distinto, tal como lo transcribí en este espinoso mensaje de 19-7-2009, dirigiéndome a Satorrotas:

(pág. 2) "...Lamentablemente el inesperado fallecimiento de D. Henrike Knörr nos privará de poder conocer su estudio, aunque el prof. Gorrrochategui adelanta que observó en Henrike Knörr un cambio de idea sobre la antigüedad de los textos en euskara, según se desprende de un correo electrónico dirigido tanto a él como al prof. Lakarra. Pide a Joseba Lakarra que proceda a la lectura del texto en cuestión, del cual se desprende que para H. Knörr los epígrafes vascos no podían proceder de la Antigüedad...".

¿Podía entenderse ahí que Knörr no los consideraba ya antiguos... pero tampoco modernos, sino altomedievales? Evidentemente, no.

Y, ya que viene a cuento, aprovecho para recordar aquí una noticia que ha pasado más desapercibida de lo que se merecía, acaso por las fechas veraniegas en las que salió:

La revista 'Piedra de Rayo' dedica un monográfico a Henrike Knörr
Entre otros ensayos sobre el intelectual fallecido, destaca uno sobre el vascuence en La Rioja
30.07.09 - Fernando Ibarretxe | San Sebastián
[...]


El nº 31 aún no aparece en Dialnet.

Recordaré (quizá le interese, Roslyn, pues Ud. vino después de hablar de ello aquí, 7-2-2009, y quizá no lo sepa) que en esta revista se publicó el (hasta donde sé) único artículo formal que hay hasta ahora sobre los hallazgos de Veleia, que fue el resumen de las opiniones de Knörr por entonces, que le fueron solicitadas en ocasión de una conferencia que dio en La Rioja a fines de mayo de 2006: "Iruña-Veleia: las primeras palabras en vascuence", Piedra de rayo. Revista riojana de cultura popular, 21, 2006 , págs. 90-95. Tengo el pdf, y se lo puedo enviar si le interesara. Saludos.
Comentario por Roslyn M. Frank el octubre 2, 2009 a las 3:42am
Alicia: Gracias por señalarme estas pistas. Muy interesantes, de verdad!!

Y de hecho me gustaría mucho conseguir el .pdf.

Mil gracias por ofrecérmelo.

Saludos.
Saludos.
Comentario por Percha el octubre 2, 2009 a las 12:55pm
Algunas preguntas que me surgen sobre la hipótesis altomedieval.

¿Sería más posible el Deidre (con esa letra) en los siglos IX-X? ¿Se usaba en esa época la II como E?

¿Se podía conocer a Nefertiti, Nefertari, Ramsés o Seti o los jeroglíficos en la llanada alavesa del siglo X?

¿Se crucificaría entonces a los dioses paganos, y se conocerían en esta zona a personajes como Dido, Kasandra o Hecate (si pone eso, pues yo la H no la veo nada clara)? ¿Qué sentido tendrían esos listados de dioses?

¿Serían más pasables las comas, comillas, flechas, jotas etc, en el siglo IX-X?

¿Que tendrían de excepcionales unas cruces y crucifijos de esa época?

¿Había Pontífices Máximos en esa época?

¿Se usaba esa perspectiva que aparece en algunas piezas, alguna incluso casi cenital, en la alta edad media? ¿Qué hacemos con las pasiegas?

¿Cómo queda entonces el trabajo arqueológico de Gil y Cía si admite un margen de error de seis siglos? ¿No sería lógico el cese del excavador en ese caso?

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